Lavado de dinero. Gestión de Riesgos de LA/FT.
La presente resolución tiene por objeto establecer los lineamientos para la Gestión de Riesgos de LA/FT y de
cumplimiento mínimo que las Entidades deberán adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizadas por terceros con objetivos criminales de LA/FT. >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución Nº 494 (U.I.F.) (B.O. Nº 33.288 del 2016-01-04)
Resolución N° 50/2013. Modificación.
Esta norma sustituye el texto del inciso b) del artículo 11 de la Resolución UIF N° 50/2013 por el siguiente:
“b) Adicionalmente, para el caso de los clientes que realicen operaciones por un monto anual que alcance o supere la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), se deberá definir el perfil del cliente conforme lo previsto en el artículo 19 de la presente.”
Además sustituye el texto del artículo 25 de la Resolución UIF N° 50/2013 por el... >
»» INICIAR SESIÓN
Resolución Nº 488 U.I.F.(B.O. Nº 32.758 del 2013-11-05)
Resolución N° 127/2012. Modificación. Esta norma modifica la Resolución Nº 127/2012 con el fin de mejorar la eficiencia del sistema de prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo concentrando los esfuerzos en aquellas cuestiones en las que existe mayor riesgo de comisión de los citados delitos y facilitando el cumplimiento de la normativa por parte de los Sujetos Obligados a los que se dirige. >
»» INICIAR SESIÓN
1. IMPACTO DEL SISTEMA FINANCIERO EN EL SECTOR PRODUCTIVO
En la actualidad el sistema financiero está regido en la mayoría de los países por las Normas de Basilea. Estas podemos resumirlas, en cuanto a las regulaciones en instituciones financieras, en los siguientes puntos:
-* Regulación de la calificación de las entidades por parte de los respectivos Bancos Centrales.
-* Regulación del régimen de previsiones por incobrabilidad (si bien no se relacionan directamente con la normas de Basilea su aplicación incide en la evolución de los capitales de las entidades... >
»» Ver artículo completo
El proyecto de Ley que ponemos a consideración se funda en 2 ejes:
-* La definición de la actividad financiera es un servicio público
-* Se concibe la Ley a partir de las necesidades de los usuarios y no de las entidades financieras
La actividad Financiera como servicio público
La actividad financiera es un servicio público orientado a satisfacer las necesidades transaccionales, de ahorro y crédito de todos los habitantes de la Nación, y contribuir a su desarrollo economito y social. (Art. 1 )
Proyecto de Ley concebido a partir de las necesidades de los usuarios... >
»» Ver artículo completo